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¿Qué es el modelo 347 y cuándo debe ser presentado a Hacienda?

¿Qué es el modelo 347 y cuándo debe ser presentado a Hacienda?

El modelo 347 es una declaración informativa de operaciones con terceras personas

Mediante este modelo se informa a Hacienda de operaciones en las que se hayan superado 3.005,06€ (suma de todas las operaciones del ejercicio, IVA incluido, con el cliente o proveedor) durante el ejercicio anterior.

De modo que, tanto clientes como proveedores tendrán la obligación de presentar dicho modelo ante Hacienda, de forma que la Administración empareja los datos para validar si la información declara es correcta. ⇒ Al tratarse de una declaración informativa, no existe pago (o devolución) de importe alguno.

La fecha límite que tienen los autónomos para presentar el Modelo 347 es el 28 de febrero, último día del mes.

Se trata, además, de una herramienta de control fiscal a la que Hacienda da mucha importancia, y utiliza para contrastar las operaciones que realizan las diferentes personas físicas o jurídicas.

Las operaciones que deben declararse en este Modelo son:

  • Subvenciones y ayudas no reembolsables.
  • Operaciones de entidades aseguradoras.
  • Anticipos de clientes y proveedores.
  • Arrendamientos no sujetos a retención.
  • Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.
  • Operaciones inmobiliarias.

¿Quién está exento de presentar el modelo 347 de operaciones con terceros?:

  • Quienes hayan realizado operaciones con terceros, pero el total de las mismas no alcance los 3.005,06 euros anuales.
  • Aquellos que no tengan domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad en España.
  • Personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva, y paralelamente por el régimen simplificado de IVA de los regímenes simplificados, de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia (salvo operaciones excluidas de la aplicación de dichos regímenes o por las operaciones por las que emitan factura).

¿Cómo presento el Modelo 347?

La presentación del modelo se realiza de forma telemática en la sede electrónica de Agencia Tributaria mediante certificado digital, DNI electrónico o clave PIN.

¿Qué datos debe reunir el Modelo 347?

El modelo recoge los siguientes datos: declarante, ejercicio, detalle de declaración complementaria o sustitutiva, fecha y firma.

En el apartado “Resumen de los datos” aparecen las siguientes casillas:

  • Casilla 01: el número de clientes y proveedores con los que el declarante ha realizado operaciones superiores a 3.005,06 euros.
  • Casilla 02: el importe total de las operaciones que se han realizado con los clientes y proveedores de la casilla 01 (se debe incluir el IVA).
  • Casilla 03: el número total de los locales de negocio del declarante.
  • Casilla 04: el importe del alquiler de los locales de negocio especificado en la anterior (incluye IVA).

Asimismo, se deberá de identificar los clientes y proveedores con los que se han realizado las operaciones que superen el importe de los 3.005,06 euros.

Señalándose, a su vez, de cada operación con terceros el NIF, el nombre o la razón social, la provincia, el importe anual de las operaciones, y el tipo de operación realizada, entre otras cosas.

Y los bienes inmuebles, ¿deben incluirse en el modelo?

Será objeto de declaración el local de negocio alquilado por un importe superior a los 3.005,56 euros. Habrá de especificarse el NIF del arrendatario, el nombre comercial, la dirección del local alquilado y el importe de dicho alquiler.

¿Qué sanciones puedo recibir por la declaración de datos erróneos?

Cómo decíamos anteriormente, se trata de una declaración informativa importante a la que es conveniente dedicar tiempo y presentarla de forma correcta. Los errores en la presentación del modelo 347 pueden ir desde la imposición de una sanción de unos 300 euros mínimos, hasta la visita de un inspector de hacienda.

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