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Asesoría fiscal Murcia

Inspección de Hacienda en Murcia: qué suelen revisar primero en pymes y autónomos

23 min de lectura

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Una comprobación o inspección de Hacienda no suele empezar con una visita inesperada al local. En la mayoría de pymes y autónomos de la Región de Murcia comienza antes, con cruces de datos entre modelos tributarios, facturas, movimientos bancarios, información facilitada por terceros y señales de incoherencia entre lo declarado y la realidad económica del negocio.

Para una empresa de Murcia, Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Alcantarilla, Cieza, Yecla o cualquier municipio de la Región, la clave no es vivir con miedo a la Agencia Tributaria, sino trabajar con una contabilidad ordenada, una facturación coherente, declaraciones revisadas y documentación preparada. En ACTTAX ayudamos a empresas y autónomos a anticiparse a estos riesgos mediante una asesoría fiscal rigurosa, con especial atención a procedimientos tributarios, operaciones vinculadas, valoración de empresas y defensa fiscal en Murcia.

Qué Administración puede revisar a una pyme o autónomo en Murcia

Cuando se habla de “Hacienda” en Murcia conviene distinguir entre varias Administraciones con competencias distintas. No todas revisan los mismos impuestos ni actúan por los mismos motivos. Esta diferencia es importante porque determina qué normativa se aplica, qué órgano tramita el procedimiento y qué estrategia de respuesta conviene seguir.

AEAT: IVA, IRPF, Sociedades, retenciones y comprobaciones estatales

La Agencia Estatal de Administración Tributaria es la Administración que revisa, entre otros impuestos y obligaciones, el IVA, el IRPF de autónomos, retenciones, pagos fraccionados, Impuesto sobre Sociedades, operaciones intracomunitarias, aduanas e impuestos especiales. En Murcia, la AEAT cuenta con oficinas y servicios en la provincia, incluyendo la Delegación Especial de Murcia, la Administración de Murcia, la Delegación de Cartagena y administraciones como Cieza, Lorca o Mula, según el listado oficial de oficinas de la Agencia Tributaria en Murcia.

Las actuaciones de aplicación de los tributos se regulan, con carácter general, en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En particular, el artículo 142 de la Ley General Tributaria permite a la inspección examinar documentos, libros, contabilidad principal y auxiliar, facturas, justificantes, correspondencia con trascendencia tributaria, bases de datos, programas, registros y archivos informáticos relacionados con la actividad económica.

Si tu empresa ha recibido una comunicación de inicio, un requerimiento o una propuesta de liquidación, es recomendable revisar el expediente antes de contestar. En ACTTAX puedes hablar con un asesor fiscal para analizar la documentación y preparar una respuesta técnicamente sólida.

ATRM: tributos cedidos y propios de la Región de Murcia

La Agencia Tributaria de la Región de Murcia, conocida como ATRM, gestiona tributos autonómicos y cedidos. En la práctica, puede intervenir en cuestiones como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, tributos propios, determinadas tasas y procedimientos relacionados con bienes inmuebles, transmisiones, operaciones societarias o beneficios fiscales autonómicos.

La normativa autonómica básica se apoya, entre otras disposiciones, en el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos. La propia ATRM publica guías informativas y accesos a su oficina virtual para trámites como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y la información de deducciones autonómicas en Renta.

Esta distinción importa porque una pyme murciana puede estar siendo revisada por la AEAT en IVA o Sociedades y, al mismo tiempo, recibir una comprobación de la ATRM por una compraventa, una ampliación de capital, una donación, una sucesión empresarial o una operación inmobiliaria.

Ayuntamientos: plusvalía municipal, IBI, IAE y tasas locales

Los ayuntamientos también tienen competencias tributarias. En el municipio de Murcia, por ejemplo, pueden entrar en juego tributos locales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas cuando proceda, tasas municipales o el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal.

La normativa básica local se encuentra en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. No obstante, las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento concretan tipos, bonificaciones, gestión, plazos de ingreso y particularidades aplicables en cada municipio.

Qué suele revisar primero Hacienda en pymes y autónomos

No existe una lista pública cerrada de “primeros documentos” que Hacienda revise en todos los casos. Depende del impuesto, del sector, del volumen de operaciones, de la información disponible y de si se trata de una comprobación limitada, una inspección, un requerimiento censal o un procedimiento sancionador. Aun así, en la práctica hay áreas que aparecen con mucha frecuencia en empresas y autónomos de Murcia.

1. Coherencia entre modelos tributarios

Uno de los primeros filtros es la coherencia entre declaraciones. Hacienda cruza información de modelos presentados por el propio contribuyente y por terceros. En una pyme o autónomo, pueden revisarse especialmente:

  • Modelo 303 de IVA y su relación con el modelo 390, cuando este resulte exigible.
  • Modelo 130 o 131 de pagos fraccionados de IRPF en autónomos.
  • Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades en sociedades mercantiles.
  • Modelos 111 y 190 de retenciones a trabajadores y profesionales.
  • Modelos 115 y 180 de retenciones por alquileres de locales.
  • Modelo 347 de operaciones con terceros.
  • Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 232 de operaciones vinculadas y operaciones con jurisdicciones no cooperativas, cuando resulte obligatorio.

Un descuadre entre IVA declarado, ingresos contables, retenciones practicadas y operaciones informadas por clientes o proveedores puede originar un requerimiento. Por eso, antes de cerrar cada trimestre, conviene comparar ventas, compras, bases imponibles, cuotas de IVA, retenciones y saldos contables.

Si tu empresa tiene operaciones entre socios, sociedades del grupo o familiares, el control debe ser aún más cuidadoso. ACTTAX presta asesoramiento específico sobre Modelo 232 y operaciones vinculadas, dos ámbitos que suelen generar ajustes cuando no existe una documentación adecuada.

2. Facturas emitidas y recibidas

La factura es uno de los documentos esenciales en cualquier comprobación. El artículo 29.2.e) de la Ley General Tributaria incluye entre las obligaciones tributarias formales la de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservarlos. Además, el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de facturación, regula la obligación de expedir, entregar y conservar facturas, así como el contenido de la factura completa y de la factura simplificada.

En una revisión inicial, Hacienda suele fijarse en aspectos como:

  • Series de facturación correlativas y sin saltos injustificados.
  • Fechas de emisión coherentes con la prestación del servicio o entrega del bien.
  • Descripción suficiente de los trabajos realizados o bienes entregados.
  • NIF, nombre o razón social y domicilio correctos de emisor y destinatario.
  • Tipo de IVA aplicado y, en su caso, causa de exención o inversión del sujeto pasivo.
  • Facturas rectificativas correctamente emitidas.
  • Facturas simplificadas que cumplan los requisitos legales.
  • Conservación de facturas recibidas que justifiquen gastos deducidos.

En 2026, además, la digitalización de la facturación tiene una relevancia creciente tras la aprobación del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y modifica el Reglamento de facturación. La adaptación debe analizarse según el tamaño de la empresa, el calendario aplicable y las obligaciones concretas vigentes en cada momento.

Para una asesoría fiscal en Murcia, este punto es crítico: una factura mal emitida puede afectar al IVA, al gasto deducible, a las retenciones y a la prueba de la operación. Si tienes dudas sobre tu circuito de facturación, puedes solicitar un estudio personalizado antes de que llegue el requerimiento.

3. Gastos deducibles de autónomos y sociedades

Otro foco habitual son los gastos deducidos. En autónomos, los gastos deben estar correlacionados con los ingresos, registrados, justificados y afectos a la actividad. En sociedades, la deducibilidad se analiza conforme a la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, especialmente en relación con el resultado contable, la imputación temporal, la inscripción contable, la justificación documental y los gastos no deducibles regulados, entre otros, en los artículos 10, 11 y 15.

Hacienda suele revisar con especial atención:

  • Vehículos, combustible, reparaciones, seguros y gastos de desplazamiento.
  • Dietas, comidas, hoteles y viajes.
  • Teléfono, internet, suministros y gastos de vivienda parcialmente afecta.
  • Gastos de representación y atenciones a clientes.
  • Servicios profesionales recibidos de socios, familiares o entidades vinculadas.
  • Compras no coherentes con la actividad declarada.
  • Gastos contabilizados sin factura completa.
  • Pagos en efectivo elevados o repetitivos.

En el IVA, la deducibilidad de cuotas soportadas exige cumplir los requisitos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los artículos 92 y siguientes regulan el derecho a la deducción, mientras que los artículos 95 y 97 son especialmente relevantes para la afectación a la actividad y los requisitos formales. En la práctica, no basta con tener un ticket o un cargo bancario: debe existir factura válida, afectación a la actividad y correcta contabilización.

4. Ingresos no declarados o declarados por debajo de lo esperable

La AEAT dispone de información de terceros: bancos, clientes, proveedores, plataformas digitales, arrendadores, administraciones públicas, notarios, registros y otros obligados informativos. Cuando los ingresos declarados no encajan con el volumen de compras, los márgenes sectoriales, los cobros bancarios o las operaciones informadas por terceros, puede iniciarse una comprobación.

En sectores habituales en Murcia —comercio, hostelería, construcción, transporte, clínicas, servicios profesionales, agricultura, alimentación, talleres, inmobiliario o tecnología— se revisan especialmente los márgenes, la caja, los cobros con tarjeta, las plataformas de reparto o intermediación, los ingresos recurrentes y los movimientos bancarios vinculados a la actividad.

El artículo 93 de la Ley General Tributaria regula las obligaciones de información, y el artículo 29 recoge obligaciones formales que permiten a la Administración comprobar la realidad de las operaciones. Por eso, una contabilidad que no refleja todos los cobros o que mezcla cuentas personales y profesionales aumenta el riesgo fiscal.

5. Retenciones de trabajadores, profesionales y alquileres

Las retenciones son un área sensible porque Hacienda las considera cantidades que el pagador debía ingresar por cuenta de un tercero. En pymes de Murcia con empleados, colaboradores profesionales o locales alquilados, suelen revisarse los modelos 111, 190, 115 y 180.

En materia de retenciones del IRPF, la normativa principal se encuentra en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, y en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. La obligación concreta dependerá del tipo de renta satisfecha, del perceptor y de la naturaleza de la operación.

Los errores frecuentes son:

  • No practicar retención a profesionales cuando procede.
  • Aplicar un porcentaje de retención incorrecto.
  • Declarar retenciones en el resumen anual que no coinciden con los modelos trimestrales.
  • No ingresar retenciones de alquiler de local.
  • Contabilizar nóminas sin cuadrar con los seguros sociales y los modelos de retenciones.

En materia laboral y de Seguridad Social, conviene coordinar la información fiscal con nóminas, contratos y cotizaciones. La Tesorería General de la Seguridad Social publica información y trámites en el portal oficial de la Seguridad Social. Una discrepancia entre gastos de personal contabilizados, retenciones declaradas y seguros sociales puede generar requerimientos fiscales y laborales.

6. Operaciones vinculadas: socios, familiares y sociedades del grupo

En pymes familiares, grupos empresariales y sociedades profesionales de Murcia es muy habitual que existan operaciones vinculadas: retribuciones de socios, alquileres entre socio y sociedad, préstamos, cesiones de inmuebles, servicios intragrupo, compraventas entre empresas relacionadas o reparto de costes.

La Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades regula las operaciones vinculadas en su artículo 18. La regla general es que estas operaciones deben valorarse por su valor de mercado, es decir, como lo harían partes independientes en condiciones comparables. Además, determinadas operaciones pueden exigir documentación específica de precios de transferencia y, en su caso, la presentación del Modelo 232.

En una inspección, Hacienda puede revisar primero si:

  • El socio cobra una retribución acorde con sus funciones.
  • Los préstamos socio-sociedad tienen contrato, intereses y calendario de devolución.
  • Los alquileres entre partes vinculadas se pactan a precios de mercado.
  • Los servicios intragrupo existen realmente y están documentados.
  • La sociedad soporta gastos personales del socio.
  • Se ha presentado el Modelo 232 cuando era obligatorio.

ACTTAX cuenta con servicios específicos de documentación de precios de transferencia, valoración de operaciones vinculadas, préstamos intragrupo y servicios intragrupo. Para empresas locales, el apoyo de abogados fiscales en Murcia permite preparar la documentación antes de que la AEAT cuestione la operación.

7. Sociedades con pérdidas continuadas o baja rentabilidad

Una sociedad que declara pérdidas de forma reiterada, márgenes muy bajos o gastos elevados respecto a ingresos puede llamar la atención, especialmente si mantiene actividad, empleados, inversiones o nivel de vida de socios incompatible con los resultados declarados.

No significa que declarar pérdidas sea irregular: muchas empresas atraviesan ciclos de inversión, crisis sectoriales o periodos de baja rentabilidad. Pero conviene poder explicarlo con documentación: planes de negocio, caída de ventas, impagos, amortizaciones, deterioros, inversiones, contratos perdidos o cambios de mercado.

En procesos de entrada o salida de socios, conflictos societarios, sucesión empresarial o reorganización, una valoración de empresas en Murcia puede ser útil no solo para negociar, sino también para documentar razonablemente una operación con impacto fiscal. ACTTAX presta servicios de valoración de empresas, valoración de participaciones sociales e informe de valoración de empresa.

Documentación que conviene tener preparada ante una comprobación

Una empresa bien organizada responde mejor, reduce errores y transmite solvencia documental. La Ley General Tributaria y sus reglamentos permiten a la Administración solicitar información con trascendencia tributaria, pero el contribuyente tiene derecho a conocer el alcance del procedimiento, aportar pruebas, formular alegaciones y recurrir cuando proceda. Estos derechos se recogen, entre otros, en el artículo 34 de la Ley General Tributaria.

Área revisada Documentación recomendable Riesgo si falta
IVA Facturas emitidas y recibidas, libros registro, modelos 303, 390, 347 y 349 Regularización de cuotas, intereses y sanciones
IRPF autónomos Libros de ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones; modelos 130 o 131 Rechazo de gastos o imputación de ingresos no declarados
Impuesto sobre Sociedades Contabilidad, cuentas anuales, libro diario, balances, modelo 200 y soporte de ajustes fiscales Ajustes extracontables, comprobación de bases imponibles y sanciones
Retenciones Nóminas, facturas profesionales, contratos de alquiler, modelos 111, 190, 115 y 180 Exigencia de retenciones no ingresadas
Operaciones vinculadas Contratos, comparables, documentación de precios de transferencia, Modelo 232 si procede Ajustes a valor de mercado y sanciones específicas
Tributos autonómicos Murcia Escrituras, autoliquidaciones, justificantes de pago, tasaciones, contratos y documentación de beneficios fiscales Comprobación de valores, pérdida de beneficios fiscales o liquidación complementaria

En procedimientos complejos, especialmente cuando hay importes relevantes, operaciones entre vinculadas, inmuebles o reorganizaciones, conviene apoyarse en abogados fiscales en Murcia que puedan revisar no solo la contabilidad, sino también la estrategia probatoria y de defensa.

Plazos y alcance: no es lo mismo un requerimiento que una inspección

Muchas empresas llaman “inspección” a cualquier carta de Hacienda, pero jurídicamente hay diferencias importantes. Puede tratarse de un simple requerimiento de información, una comprobación limitada, una verificación de datos, una comprobación de valores, una inspección tributaria o un procedimiento sancionador.

Comprobación limitada

La comprobación limitada está regulada en los artículos 136 a 140 de la Ley General Tributaria. Permite a la Administración revisar datos, declaraciones, justificantes y determinados registros, pero tiene límites. Normalmente se tramita por escrito y se centra en un impuesto, periodo o cuestión concreta.

El artículo 140 de la Ley General Tributaria regula los efectos de la regularización practicada en un procedimiento de comprobación limitada. Por eso es importante identificar con precisión qué elementos han sido comprobados y cuáles quedan fuera del alcance del procedimiento.

Inspección tributaria

La inspección tributaria tiene mayor alcance. Según el artículo 141 de la Ley General Tributaria, la inspección puede investigar supuestos de hecho de obligaciones tributarias, comprobar la veracidad de declaraciones, practicar liquidaciones y realizar actuaciones de obtención de información, entre otras funciones.

El artículo 150 de la misma Ley regula el plazo de las actuaciones inspectoras: con carácter general, 18 meses, ampliable a 27 meses en determinados supuestos, como cuando la cifra anual de negocios del obligado tributario sea igual o superior a la requerida para auditar cuentas o cuando esté integrado en un grupo sometido al régimen de consolidación fiscal o al régimen especial de grupo de entidades en IVA.

Procedimiento sancionador

Una liquidación no siempre implica sanción automática. La Administración debe tramitar el procedimiento sancionador y motivar la culpabilidad. Las infracciones y sanciones tributarias se regulan en los artículos 178 y siguientes de la Ley General Tributaria. Por ejemplo, el artículo 191 regula la infracción por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación, con sanciones que pueden variar según la calificación de la infracción y las circunstancias concurrentes.

Antes de aceptar una propuesta o firmar en conformidad, es importante valorar efectos económicos, reducciones, posibilidad de recurso y consecuencias futuras. Una firma precipitada puede cerrar opciones de defensa. Si estás en esa situación, puedes contactar con abogados fiscales en Murcia para revisar el expediente.

Particularidades frecuentes en empresas y autónomos de la Región de Murcia

La fiscalidad estatal es común en todo el territorio, pero la realidad económica de la Región de Murcia genera situaciones que se repiten en la práctica profesional. Determinados sectores y operaciones requieren una revisión preventiva más intensa.

Empresas familiares y sucesión empresarial

Murcia cuenta con un tejido empresarial familiar muy relevante. En estas empresas, Hacienda puede revisar operaciones entre familiares, retribuciones de administradores, préstamos socio-sociedad, transmisión de participaciones, donaciones, herencias y aplicación de beneficios fiscales autonómicos.

En sucesiones y donaciones debe revisarse la normativa estatal y autonómica aplicable, así como los requisitos concretos de parentesco, mantenimiento, actividad económica y valoración. Al depender del caso concreto, es prudente documentar la operación antes de firmar. ACTTAX puede ayudarte con valoración de empresa familiar y valoración de empresas en Murcia en contextos de herencia, compraventa, separación de socios o reorganización.

Inmuebles, alquileres y transmisiones

Las operaciones inmobiliarias son especialmente sensibles porque pueden afectar a IVA, ITP, AJD, plusvalía municipal, IRPF o Impuesto sobre Sociedades. Una compraventa de nave, local, terreno o vivienda afecta a distintos impuestos según la naturaleza del transmitente, el tipo de inmueble, si es primera o segunda entrega, la renuncia a la exención de IVA, la condición de empresario o profesional y la normativa autonómica.

En Murcia, la ATRM puede comprobar valores en transmisiones sujetas a ITP y AJD. Por eso, cuando una sociedad compra o vende inmuebles, conviene revisar escrituras, valor de referencia, tasaciones, contabilización, financiación y tributación indirecta. Si la operación se realiza entre partes vinculadas, además, debe analizarse el valor de mercado conforme al artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Agricultura, transporte, comercio y hostelería

En sectores con uso intensivo de efectivo, márgenes variables, campañas estacionales o operaciones con muchos proveedores, Hacienda suele prestar atención a caja, existencias, cobros con tarjeta, compras no declaradas, regularización de IVA y coherencia entre consumos y ventas.

En actividades agrícolas y ganaderas pueden intervenir regímenes especiales de IVA, estimación objetiva en IRPF cuando proceda, ayudas públicas, subvenciones y obligaciones específicas de facturación. En transporte, suelen revisarse combustible, dietas, amortización de vehículos, leasing, gastos financieros y facturación a clientes nacionales o intracomunitarios.

Errores que suelen agravar una comprobación de Hacienda

La diferencia entre una comprobación gestionable y un problema serio muchas veces está en cómo se responde. Estos son errores habituales que conviene evitar:

  • Contestar sin leer el alcance exacto del requerimiento.
  • Aportar documentación incompleta, desordenada o contradictoria.
  • Enviar explicaciones improvisadas que luego no encajan con la contabilidad.
  • No comprobar los plazos de alegaciones o recursos.
  • Regularizar un ejercicio sin valorar efectos en ejercicios posteriores.
  • Ignorar operaciones vinculadas entre socio y sociedad.
  • Confundir gastos pagados con gastos fiscalmente deducibles.
  • No conservar justificantes de operaciones relevantes.
  • Firmar actas o aceptar propuestas sin medir consecuencias.

La recomendación práctica es centralizar la comunicación, revisar la documentación antes de aportarla y preparar una explicación técnica coherente. En ACTTAX combinamos asesoría fiscal, contabilidad, valoración y defensa tributaria para que el contribuyente responda con criterio, no por intuición. Puedes consultar nuestros servicios de asesoría fiscal y valoración si necesitas una revisión preventiva.

Cómo prepararse antes de recibir un requerimiento

La mejor defensa fiscal empieza antes de que llegue Hacienda. Una pyme murciana no puede evitar todos los riesgos, pero sí puede reducirlos mucho con procedimientos internos adecuados.

Revisión trimestral de coherencia fiscal

Cada trimestre conviene comprobar que los modelos de IVA, retenciones y pagos fraccionados coinciden con la contabilidad. No se trata solo de presentar modelos, sino de revisar que las bases imponibles, cuotas, retenciones, facturas y saldos tienen sentido.

Conciliación bancaria y control de caja

La conciliación bancaria permite detectar cobros no facturados, pagos sin factura, duplicidades y errores de contabilización. En negocios con caja, TPV o plataformas digitales, el control debe ser especialmente estricto.

Archivo documental ordenado

Las facturas deben conservarse y vincularse a la operación real. Contratos, presupuestos, albaranes, justificantes de pago, correos, partes de trabajo y documentación bancaria pueden ser decisivos para probar la realidad de un gasto o ingreso.

Contratos entre partes vinculadas

Si hay operaciones entre socio y sociedad, empresas del grupo o familiares, conviene formalizar contratos y justificar precios. En préstamos intragrupo, por ejemplo, debe documentarse importe, plazo, interés, vencimientos y movimientos bancarios. En servicios intragrupo, debe acreditarse la realidad del servicio y su utilidad para quien lo recibe.

Valoraciones profesionales en operaciones societarias

Cuando hay compraventas de participaciones, entrada de inversores, separación de socios, transmisión de empresa familiar o reestructuraciones, una valoración independiente puede evitar conflictos fiscales y societarios. ACTTAX ofrece valoración de empresas en Murcia para operaciones con impacto tributario, mercantil o familiar.

Qué hacer si ya has recibido una carta de Hacienda

Si has recibido una notificación de la AEAT, ATRM o del Ayuntamiento, lo primero es identificar exactamente qué procedimiento se ha iniciado, qué impuesto y periodo afecta, qué plazo tienes y qué documentación se solicita.

En notificaciones electrónicas, el cómputo de plazos puede depender de la fecha de puesta a disposición, la fecha de acceso y, en su caso, los efectos del transcurso del plazo sin acceder a la notificación. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en su artículo 43 las notificaciones por medios electrónicos, sin perjuicio de las especialidades tributarias aplicables.

Pasos recomendables:

  • Descargar la notificación completa desde la sede electrónica correspondiente.
  • Anotar la fecha de puesta a disposición y la fecha de acceso.
  • Identificar si es requerimiento, propuesta de liquidación, trámite de audiencia, inicio de inspección o sanción.
  • Revisar declaraciones presentadas y contabilidad del periodo afectado.
  • Preparar documentación probatoria antes de contestar.
  • No aportar más información de la necesaria sin valorar su impacto.
  • Solicitar asesoramiento si hay importes relevantes, sanción potencial o cuestiones interpretativas.

En procedimientos tributarios, una respuesta bien planteada puede evitar una liquidación o reducir el alcance del ajuste. Una respuesta débil, incompleta o contradictoria puede complicar el expediente. Si necesitas apoyo local, ACTTAX pone a tu disposición abogados fiscales en Murcia y especialistas en contabilidad, valoración y fiscalidad empresarial.

Tabla resumen: señales de alerta que Hacienda puede detectar

Señal de alerta Qué puede revisar Hacienda Cómo prevenirlo
Ingresos bajos frente a compras elevadas Márgenes, existencias, ventas no declaradas y caja Conciliación, inventarios y explicación económica documentada
Gastos de vehículo elevados Afectación a la actividad, facturas y uso real Justificar desplazamientos, actividad y criterios de deducción
Operaciones con socios Valor de mercado, contratos y pagos Documentar operaciones vinculadas y comparables
Modelos descuadrados IVA, retenciones, Sociedades, 347 y 349 Revisión trimestral y cierre contable ordenado
Facturas incompletas IVA deducible y gasto fiscal Aplicar el Reglamento de facturación y conservar justificantes
Pérdidas continuadas Realidad económica, gastos y operaciones con socios Memoria explicativa, documentación contable y análisis financiero
Transmisiones de inmuebles o participaciones Valor declarado, ITP, AJD, IRPF, Sociedades y vinculadas Valoración profesional y revisión previa de la operación

Preguntas frecuentes sobre inspecciones y comprobaciones en Murcia

¿Hacienda puede presentarse en mi negocio sin avisar?

La inspección puede personarse en oficinas, locales de negocio y lugares donde existan pruebas relacionadas con obligaciones tributarias, conforme a la Ley General Tributaria. El artículo 142 regula facultades de la inspección, y el artículo 113 establece garantías para la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido, que exige consentimiento del obligado tributario o autorización judicial, según el caso.

Si ocurre una personación, conviene mantener la calma, identificar a los actuarios, revisar el alcance de la diligencia y contactar con un asesor fiscal antes de realizar manifestaciones innecesarias.

¿Una comprobación limitada puede convertirse en inspección?

Puede iniciarse posteriormente una inspección sobre cuestiones no cerradas o con distinto alcance, dentro de los límites legales. La comprobación limitada tiene efectos preclusivos respecto de los elementos comprobados en los términos del artículo 140 de la Ley General Tributaria, pero cada caso debe analizarse atendiendo al objeto exacto del procedimiento y a la documentación revisada.

¿Cuánto tiempo debo conservar facturas y documentos?

Con carácter general, la prescripción tributaria se regula en los artículos 66 y siguientes de la Ley General Tributaria, que establecen un plazo general de cuatro años para determinados derechos de la Administración y del contribuyente. No obstante, hay documentación que puede tener que conservarse más tiempo por normativa mercantil, por amortizaciones, bases imponibles negativas, deducciones pendientes, bienes de inversión o procedimientos abiertos.

Por prudencia, las empresas deben mantener un archivo fiscal y contable completo más allá del plazo mínimo cuando existan partidas con efectos futuros.

¿Qué pasa si no puedo justificar un gasto?

Si no se justifica adecuadamente, Hacienda puede negar su deducibilidad en IRPF o Impuesto sobre Sociedades y, en su caso, rechazar la deducción del IVA soportado. Además, si aprecia infracción tributaria, puede iniciar procedimiento sancionador conforme a los artículos 178 y siguientes de la Ley General Tributaria.

¿La ATRM puede revisar operaciones de mi empresa?

Sí, cuando la operación afecta a tributos de competencia autonómica o cedida, como ITP y AJD, Sucesiones y Donaciones o determinados beneficios fiscales autonómicos. Por ejemplo, una adquisición de inmueble, una operación societaria, una herencia de empresa familiar o una donación de participaciones pueden tener implicaciones ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

La clave: prevenir, documentar y responder con estrategia

Una comprobación de Hacienda en Murcia no tiene por qué convertirse en un problema grave si la empresa ha trabajado bien su contabilidad, facturación y documentación fiscal. Lo que suele complicar los expedientes no es solo el error inicial, sino la falta de prueba, la improvisación o una respuesta mal planteada.

Para pymes y autónomos, los primeros puntos que suele revisar Hacienda son claros: coherencia entre modelos, facturas, gastos deducibles, ingresos, retenciones, operaciones vinculadas, movimientos bancarios y operaciones patrimoniales. En la Región de Murcia, además, conviene no perder de vista el papel de la ATRM en tributos autonómicos y cedidos, especialmente en inmuebles, sucesiones, donaciones y operaciones societarias.

Si quieres anticiparte a una comprobación, preparar una respuesta o revisar una operación sensible antes de firmarla, ACTTAX puede ayudarte desde una perspectiva fiscal, contable y estratégica. Puedes conocer nuestro enfoque en el blog de ACTTAX, revisar nuestros recursos y guías o hablar con un asesor fiscal para estudiar tu caso con detalle.

Enlaces y servicios relacionados

Cuándo conviene hablar con un asesor

Si necesitas cerrar fiscalmente una reorganización intragrupo, preparar documentación ante una inspección, valorar una participación con impacto en socios o Administración, o alinear Modelo 232 con tus informes de precios de transferencia, conviene revisar el caso con tiempo y trazabilidad.

Errores que suelen generar fricción

  • Documentar solo “precios acordados” sin funciones, riesgos y comparabilidad.
  • Tomar benchmarks sin justificar ajustes ni el tratamiento de outliers.
  • Desalinear Modelo 232, archivo maestro e informe local.

Documentación que conviene conservar (checklist orientativa)

  • Contratos o acuerdos intragrupo y enmiendas.
  • Análisis funcional y selección de método.
  • Ficha de comparables, rangos utilizados y trabajos de ajuste.
  • Cuadros de reconciliación entre cuentas y política aplicada.

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