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Asesoría fiscal Murcia

Contabilidad y obligaciones fiscales de una pyme en Murcia: calendario anual simplificado

21 min de lectura

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Gestionar una pyme en Murcia exige coordinar contabilidad, impuestos estatales, tributos autonómicos, obligaciones laborales y decisiones societarias con un calendario claro. La mayoría de errores no se producen por desconocer un modelo concreto, sino por no tener un sistema anual que anticipe vencimientos, documentación y revisión contable antes de cada trimestre.

En esta guía encontrarás un calendario simplificado para 2026, pensado para sociedades limitadas, pequeñas empresas familiares, comercios, negocios de servicios, empresas industriales y autónomos con estructura empresarial en la Región de Murcia. Si necesitas adaptar este calendario a tu actividad, sector, volumen de operaciones o situación societaria, puedes hablar con un asesor fiscal de ACTTAX y revisar tus obligaciones antes de que llegue el vencimiento.

Qué obligaciones debe controlar una pyme en Murcia durante 2026

Una pyme murciana suele convivir con tres niveles de obligaciones: las estatales ante la Agencia Tributaria, las autonómicas ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia —ATRM— y las laborales ante la Seguridad Social. Además, si opera como sociedad mercantil, debe llevar contabilidad conforme al Código de Comercio, legalizar libros y formular, aprobar y depositar cuentas anuales.

La obligación contable básica deriva del Código de Comercio. Su artículo 25 establece que todo empresario debe llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad, que permita seguir cronológicamente sus operaciones, así como elaborar balances e inventarios. También exige, como libros obligatorios, el Libro Diario y el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

En el ámbito tributario estatal, los impuestos más habituales para una pyme son el IVA, el Impuesto sobre Sociedades, las retenciones de trabajadores y profesionales, las retenciones de alquileres, las declaraciones informativas y, en su caso, los pagos fraccionados. La Agencia Tributaria publica cada ejercicio el calendario del contribuyente 2026, que debe tomarse como referencia oficial para confirmar vencimientos, festivos y plazos de domiciliación.

En Murcia, además, determinadas operaciones pueden quedar sujetas a tributos gestionados por la Comunidad Autónoma, especialmente el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y otros tributos cedidos. Para estas materias, la fuente oficial es la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

Si tu empresa necesita una revisión completa de su situación fiscal, contable o societaria en la Región de Murcia, el equipo de abogados fiscales en Murcia de ACTTAX puede ayudarte a ordenar obligaciones, detectar riesgos y planificar decisiones antes de que tengan impacto tributario.

Mapa de Administraciones: AEAT, ATRM y ayuntamientos

Agencia Tributaria estatal en Murcia

La AEAT es competente, con carácter general, en impuestos estatales como IVA, Impuesto sobre Sociedades, IRPF, retenciones, declaraciones informativas, censos tributarios y procedimientos de comprobación o recaudación estatal. En la provincia de Murcia, la sede electrónica de la Agencia Tributaria informa de oficinas como la Delegación Especial de Murcia, situada en Calle Violonchelista Miguel Ángel Clares, 5, 30007 Murcia; la Delegación de Cartagena, en Calle Campos, 2, 30201 Cartagena; y administraciones en municipios como Cieza, Lorca o Mula, entre otras.

Aunque muchas gestiones se realizan ya por vía electrónica, conocer la organización territorial de la AEAT en Murcia sigue siendo útil cuando existe un requerimiento, una comprobación limitada, una inspección, una notificación pendiente o la necesidad de gestionar apoderamientos y certificados. Puedes consultar el buscador oficial de oficinas en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Agencia Tributaria de la Región de Murcia

La ATRM gestiona tributos autonómicos y cedidos. Para una pyme, los casos más habituales suelen aparecer al comprar o transmitir determinados inmuebles, formalizar documentos notariales, transmitir activos, recibir donaciones, planificar una sucesión empresarial o estructurar operaciones familiares o societarias con impacto autonómico.

La Región de Murcia cuenta con normativa propia en materia de tributos cedidos, recogida en el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos. Para 2026 deben revisarse la versión vigente y sus modificaciones, ya que tipos, reducciones, bonificaciones y deducciones pueden depender del tipo de operación, del sujeto pasivo, del destino del bien y del cumplimiento de requisitos formales.

Ayuntamiento de Murcia y tributos locales

Además de AEAT y ATRM, una pyme puede tener obligaciones locales ante el ayuntamiento correspondiente: IBI, IAE cuando proceda, tasa de basuras, vados, licencias, terrazas, plusvalía municipal o tasas por actividades específicas. El Impuesto sobre Actividades Económicas se regula en los artículos 78 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cuyo artículo 82 recoge exenciones relevantes, entre ellas la aplicable durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y la vinculada al importe neto de la cifra de negocios, cuando se cumplan los requisitos legales.

En el municipio de Murcia, la gestión de tributos locales debe consultarse en los canales oficiales municipales. Si la empresa tiene centros en Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Alcantarilla, Yecla, San Javier u otros municipios, las ordenanzas fiscales pueden variar y conviene revisar cada término municipal por separado.

Calendario fiscal simplificado de una pyme en Murcia en 2026

El calendario siguiente resume los vencimientos más frecuentes para una pyme cuyo ejercicio social coincide con el año natural. No sustituye al calendario oficial de la AEAT ni a la revisión individual del caso, especialmente si la empresa está en SII, es gran empresa, realiza operaciones intracomunitarias, pertenece a un grupo fiscal, tiene operaciones vinculadas, aplica regímenes especiales de IVA o realiza operaciones inmobiliarias en Murcia.

Mes Obligaciones habituales Modelos o documentación frecuente
Enero 2026 Cierre fiscal del cuarto trimestre de 2025, resúmenes anuales, revisión de retenciones, IVA anual y declaraciones informativas. 111, 115, 123, 303, 390, 190, 180, 193, 349, 184, modelos censales si procede.
Febrero 2026 Modelo 347 de operaciones con terceros, si procede. Preparación del cierre contable definitivo. 347.
Marzo 2026 Formulación de cuentas anuales por los administradores, si el ejercicio cerró el 31 de diciembre de 2025. Cuentas anuales, propuesta de aplicación del resultado e informe de gestión cuando proceda.
Abril 2026 Primer trimestre de 2026: IVA, retenciones, pagos fraccionados de IRPF y primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Legalización de libros mercantiles del ejercicio 2025. 303, 111, 115, 130, 131, 202, legalización de libros.
Mayo-junio 2026 Campaña de Renta 2025 para empresarios individuales, profesionales y socios personas físicas. Preparación de la junta ordinaria. 100, 714 si procede, documentación societaria.
Junio 2026 Aprobación de cuentas anuales por la junta general ordinaria, si el ejercicio coincide con el año natural. Acta de junta, certificación de acuerdos, aplicación del resultado.
Julio 2026 Segundo trimestre de 2026, Impuesto sobre Sociedades 2025 y depósito de cuentas anuales si fueron aprobadas en junio. 303, 111, 115, 130, 131, 200, depósito de cuentas.
Octubre 2026 Tercer trimestre de 2026: IVA, retenciones, pagos fraccionados de IRPF y segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. 303, 111, 115, 130, 131, 202.
Noviembre 2026 Operaciones vinculadas, si procede, y revisión fiscal antes del cierre. 232, documentación de precios de transferencia.
Diciembre 2026 Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y planificación del cierre contable y fiscal: amortizaciones, provisiones, deterioros, existencias, operaciones con socios y retribuciones. 202, revisión interna y cierre preliminar.

Enero: el mes más intenso para IVA, retenciones e informativas

Enero concentra obligaciones del último trimestre del ejercicio anterior y varios resúmenes anuales. Para una pyme de Murcia, lo habitual es revisar el IVA del cuarto trimestre, las retenciones de trabajadores y profesionales, las retenciones por alquileres, las operaciones intracomunitarias y las declaraciones informativas anuales.

En 2026, según el calendario oficial de la AEAT, los modelos trimestrales de retenciones como el 111 y el 115 se presentan, con carácter general, durante los primeros veinte días naturales de enero respecto del cuarto trimestre de 2025. El modelo 303 de IVA del cuarto trimestre tiene plazo general hasta final de enero, de acuerdo con el calendario del contribuyente. Si se domicilia el pago, la AEAT fija plazos de domiciliación más cortos, por lo que no conviene esperar al último día.

En enero también deben revisarse modelos anuales como el 190, resumen anual de retenciones del trabajo y actividades profesionales; el 180, resumen anual de retenciones de alquileres; y el 390, resumen anual de IVA, salvo supuestos de exoneración. La obligación concreta depende del régimen fiscal y de los modelos presentados durante el año.

Un error frecuente en pymes murcianas es cerrar enero sin cuadrar contabilidad, bancos, nóminas, facturas recibidas y facturas emitidas. Esto provoca descuadres posteriores en el Impuesto sobre Sociedades y en las cuentas anuales. Si necesitas apoyo recurrente, puedes revisar los servicios de asesoría fiscal y valoración de ACTTAX.

Febrero y marzo: modelo 347, cierre contable y formulación de cuentas

Febrero suele estar marcado por el modelo 347, declaración anual de operaciones con terceras personas. Deben incluirse, con carácter general, las operaciones que superen 3.005,06 euros durante el año natural con un mismo cliente o proveedor, de acuerdo con los artículos 31 y siguientes del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

Marzo es clave para las sociedades mercantiles que cierran el ejercicio el 31 de diciembre. Conforme al artículo 253 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, los administradores deben formular las cuentas anuales, el informe de gestión cuando proceda y la propuesta de aplicación del resultado en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio social.

Para una sociedad limitada con ejercicio natural, esto significa que las cuentas de 2025 deben estar formuladas, con carácter general, antes del 31 de marzo de 2026. No es un simple trámite: la formulación exige que la contabilidad esté cerrada, que existan saldos justificados y que se hayan revisado amortizaciones, existencias, deterioros, préstamos, impuestos diferidos y operaciones con socios o administradores.

Abril: primer trimestre, pago fraccionado de Sociedades y legalización de libros

Abril es el primer gran vencimiento fiscal del ejercicio 2026. Para una pyme en régimen general, los modelos más habituales son el 303 de IVA, el 111 de retenciones de trabajadores y profesionales, el 115 de retenciones por alquiler de inmuebles urbanos y el 130 o 131 en empresarios individuales que tributen en estimación directa u objetiva, según proceda.

Además, las sociedades que deban realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades presentan el modelo 202. La obligación se regula en el artículo 40 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. A diferencia de otros modelos trimestrales, el modelo 202 no se presenta en julio: sus periodos habituales son abril, octubre y diciembre, sin perjuicio de las particularidades aplicables a cada contribuyente.

Abril también es relevante desde el punto de vista mercantil. El artículo 27 del Código de Comercio establece la legalización telemática de los libros obligatorios, y el plazo general para sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural es de cuatro meses desde el cierre. Por tanto, los libros del ejercicio 2025 deben legalizarse, con carácter general, antes de finalizar abril de 2026.

Para negocios de hostelería, clínicas, comercios, talleres, empresas de transporte, constructoras o empresas de servicios en Murcia, el trimestre no debería cerrarse el día anterior al vencimiento. Lo recomendable es trabajar con un cierre mensual: conciliación bancaria, facturas pendientes, nóminas, tickets, gastos deducibles, suplidos, amortizaciones y revisión de IVA soportado deducible conforme a los artículos 92 y siguientes de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA.

Cuando existe una comprobación, un requerimiento o una discrepancia relevante con Hacienda, es aconsejable contar con asesoramiento especializado. ACTTAX dispone de un servicio de abogados fiscales en Murcia para empresas que necesitan defensa técnica, planificación y acompañamiento ante la Administración.

Julio: segundo trimestre, Impuesto sobre Sociedades y depósito de cuentas

Julio es uno de los meses más importantes para una sociedad murciana. Si el ejercicio social coincide con el año natural, el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025 se presenta en julio de 2026 mediante el modelo 200. El artículo 124 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades establece que la declaración debe presentarse en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

En la práctica, para sociedades con ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2025, el plazo legal del modelo 200 se sitúa dentro de los veinticinco primeros días naturales de julio de 2026, teniendo en cuenta los ajustes que puedan derivarse de días inhábiles y del calendario oficial de la AEAT. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, debe respetarse el plazo específico de domiciliación bancaria fijado para ese ejercicio.

Julio también suele ser el mes del depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil. El artículo 164 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital obliga a celebrar la junta general ordinaria dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para aprobar, en su caso, la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado. Por su parte, el artículo 279 de la misma norma obliga a los administradores a presentar para depósito las cuentas anuales dentro del mes siguiente a su aprobación.

Antes de presentar el Impuesto sobre Sociedades conviene revisar los principales ajustes fiscales: gastos no deducibles del artículo 15 de la Ley 27/2014, limitación de gastos financieros del artículo 16, amortizaciones del artículo 12, deterioros, provisiones, compensación de bases imponibles negativas del artículo 26 y deducciones aplicables. También deben revisarse las operaciones con socios, administradores y sociedades vinculadas.

Octubre y diciembre: pagos fraccionados y cierre fiscal anticipado

Octubre concentra el tercer trimestre de IVA, retenciones y pagos fraccionados de IRPF, además del segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades mediante el modelo 202 cuando proceda. El artículo 71 del Reglamento del IVA, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, regula con carácter general la periodicidad de las autoliquidaciones de IVA. Las retenciones e ingresos a cuenta se regulan en el Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, según el tipo de renta satisfecha.

Diciembre incorpora el tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y debe utilizarse para anticipar el cierre fiscal. Antes del 31 de diciembre de 2026, una pyme debería revisar el resultado contable estimado, pagos fraccionados ya realizados, bases imponibles negativas pendientes, inversiones, amortizaciones, saldos con socios, deterioros, existencias, provisiones y posibles deducciones fiscales.

También conviene revisar si existen operaciones que deban formalizarse documentalmente: contratos de préstamo, actas societarias, acuerdos de retribución de administradores, contratos de prestación de servicios entre sociedades del grupo, contratos de alquiler o acuerdos de distribución de costes. La falta de documentación puede generar problemas en una comprobación tributaria aunque la operación sea real.

Si durante 2026 la empresa ha crecido, ha incorporado socios, ha adquirido inmuebles, ha recibido financiación intragrupo o ha iniciado actividad internacional, es recomendable realizar una revisión fiscal antes del cierre. Puedes solicitar apoyo en asesoramiento fiscal especializado en Murcia para evitar que el cierre se convierta en una regularización apresurada.

Operaciones vinculadas y modelo 232: atención especial en grupos familiares

Muchas pymes de Murcia operan mediante varias sociedades, sociedades patrimoniales, empresas familiares, préstamos entre socios y sociedades, alquileres de inmuebles del socio a la empresa o servicios entre entidades del mismo grupo. Estas operaciones pueden tener la consideración de operaciones vinculadas conforme al artículo 18 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.

La regla general es que las operaciones vinculadas deben valorarse por su valor de mercado. Además, determinadas empresas deben disponer de documentación específica de precios de transferencia y presentar el modelo 232 cuando se superan los umbrales previstos en la normativa. La Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados jurisdicciones no cooperativas.

En estos casos, no basta con contabilizar una factura o un préstamo. Es necesario justificar que el precio, el interés, el margen o la contraprestación se corresponde con condiciones de mercado. ACTTAX cuenta con servicios específicos de operaciones vinculadas y precios de transferencia, asesoramiento en modelo 232 y documentación de precios de transferencia.

Si tu pyme murciana pertenece a un grupo familiar o comparte socios, inmuebles, financiación o servicios con otras sociedades, conviene revisar esta materia antes de noviembre. Una regularización por operaciones vinculadas puede afectar al Impuesto sobre Sociedades, al IRPF del socio, al IVA, a retenciones y a posibles sanciones conforme al régimen sancionador de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y a las reglas específicas aplicables en materia de operaciones vinculadas.

Obligaciones laborales y Seguridad Social durante todo el año

Las obligaciones laborales no se concentran únicamente en los trimestres fiscales. Las empresas con trabajadores deben gestionar altas, bajas, variaciones de datos, contratos, nóminas, seguros sociales, partes de incapacidad temporal, embargos salariales y comunicaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.

La obligación de cotizar se regula en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. La cotización nace desde el comienzo de la prestación de servicios y se mantiene mientras dura la relación laboral, conforme a las reglas del régimen aplicable. En 2026 deben revisarse las bases y tipos vigentes, incluidos posibles cambios en cotizaciones adicionales, contratos formativos, bonificaciones, reducciones y reglas específicas aplicables al sector.

El Sistema RED permite a empresas, agrupaciones de empresas y profesionales intercambiar información y documentos con la TGSS por internet. Según la Seguridad Social, este sistema abarca cotización, afiliación, partes médicos y gestión de autorizaciones. Para una pyme, esto implica que las nóminas y los seguros sociales deben coordinarse mensualmente con la contabilidad y la tesorería.

Un calendario fiscal útil debe incluir también fechas laborales internas: cierre de nóminas, comunicación de incidencias, revisión de convenios colectivos, vacaciones, pagas extraordinarias, registro horario y vencimiento de contratos temporales. El registro diario de jornada se regula en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. En sectores con alta rotación en Murcia —hostelería, agricultura, comercio, transporte o servicios— esta coordinación evita diferencias entre gasto contable, seguros sociales y retenciones declaradas en el modelo 111.

Tributos autonómicos en Murcia: cuándo debe intervenir la ATRM

Aunque el día a día fiscal de una pyme suele girar alrededor de la AEAT, determinadas operaciones deben revisarse ante la ATRM. Las más frecuentes son transmisiones de inmuebles, constitución de derechos reales, determinadas operaciones societarias, documentos notariales sujetos a AJD, donaciones de participaciones o inmuebles y sucesiones en empresas familiares.

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se regula por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y por su reglamento, aprobado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo. En Murcia, los tipos y beneficios fiscales aplicables deben comprobarse en la normativa autonómica vigente, especialmente en el Decreto Legislativo 1/2010 de la Región de Murcia y sus modificaciones.

También pueden existir deducciones autonómicas en IRPF relevantes para socios, autónomos o administradores residentes en la Región de Murcia. No obstante, estas deducciones dependen de requisitos personales, familiares, patrimoniales, de inversión o residencia, por lo que no deben aplicarse de forma automática sin revisar la norma vigente del ejercicio correspondiente.

Cuando una operación afecta al valor de una empresa, participaciones sociales, sucesión empresarial, entrada de socios o conflictos entre socios, puede ser necesario un informe técnico. ACTTAX presta servicios de valoración de empresas en Murcia y valoración de participaciones sociales para operaciones con impacto fiscal, mercantil o familiar.

Contabilidad práctica: qué debe revisar una pyme cada mes

Un calendario anual solo funciona si la contabilidad se mantiene actualizada. La contabilidad no debe verse como una obligación posterior al trimestre, sino como la base para tomar decisiones de margen, tesorería, precios, financiación, inversión y fiscalidad.

  • Facturas emitidas: numeración correlativa, fecha de devengo, tipo de IVA, retenciones si proceden y correcta identificación del cliente.
  • Facturas recibidas: deducibilidad fiscal, afectación a la actividad, IVA soportado deducible y justificantes completos.
  • Bancos: conciliación mensual de cuentas, préstamos, TPV, comisiones, intereses y cobros pendientes.
  • Nóminas: cuadre entre gasto contable, seguros sociales, retenciones y pagos efectivos.
  • Existencias: control de inventario, regularización de cierre y valoración conforme al Plan General de Contabilidad.
  • Inmovilizado: altas, bajas, amortizaciones, subvenciones asociadas y deterioros.
  • Socios y administradores: préstamos, retribuciones, dividendos, gastos personales y operaciones vinculadas.
  • Impuestos: cuadre entre modelos presentados y cuentas contables de Hacienda Pública.

El Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, y el Plan General de Contabilidad de PYMES, aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, son la referencia contable básica. Elegir correctamente criterios de amortización, periodificación, provisiones o clasificación de deudas puede tener impacto fiscal y financiero.

Errores frecuentes de pymes en Murcia

Entre los errores más comunes se encuentran declarar impuestos con la contabilidad incompleta, deducir gastos sin factura válida, no declarar correctamente operaciones intracomunitarias, olvidar retenciones de alquileres, no revisar el modelo 347 con clientes y proveedores, mezclar gastos personales de socios con gastos de empresa o no documentar préstamos entre partes vinculadas.

Otro error habitual es no preparar el Impuesto sobre Sociedades hasta julio. El cierre fiscal debe empezar en diciembre, porque muchas decisiones ya no pueden corregirse cuando el ejercicio está cerrado: retribución de administradores, dotación de provisiones, planificación de inversiones, deterioros, dividendos, compensación de bases imponibles o documentación de operaciones vinculadas.

También es frecuente no valorar correctamente una empresa cuando entran socios, se transmite una participación, se reorganiza una empresa familiar o se negocia una compraventa. En estos casos, una valoración de empresas en Murcia puede aportar seguridad fiscal, mercantil y negociadora.

Checklist anual para una pyme murciana

  • Confirmar el calendario de modelos en la sede electrónica de la AEAT para el ejercicio 2026.
  • Revisar si la empresa tiene obligaciones ante la ATRM por operaciones inmobiliarias, societarias o familiares.
  • Mantener la contabilidad actualizada mensualmente, no solo al final del trimestre.
  • Conciliar bancos, clientes, proveedores, impuestos y nóminas antes de presentar cada modelo.
  • Documentar operaciones con socios, administradores y empresas vinculadas.
  • Preparar el cierre contable antes del 31 de marzo si el ejercicio finaliza el 31 de diciembre.
  • Legalizar libros mercantiles dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.
  • Aprobar cuentas anuales dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.
  • Depositar cuentas en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación.
  • Revisar el Impuesto sobre Sociedades antes de julio, no durante la última semana de presentación.
  • Planificar el cierre fiscal de 2026 durante noviembre y diciembre.

Cómo puede ayudarte ACTTAX si tu empresa está en Murcia

Una pyme necesita algo más que presentar modelos. Necesita una asesoría capaz de conectar contabilidad, fiscalidad, obligaciones laborales, operaciones societarias y estrategia empresarial. En Murcia, esta coordinación es especialmente importante para empresas familiares, negocios con inmuebles, sociedades vinculadas, profesionales con estructura societaria y compañías en crecimiento.

ACTTAX trabaja con un enfoque técnico y preventivo: revisión de obligaciones, calendario fiscal, análisis contable, apoyo en comprobaciones, planificación del Impuesto sobre Sociedades, operaciones vinculadas, valoración de empresas y asesoramiento en decisiones con impacto fiscal. Puedes conocer mejor nuestro enfoque en la página de asesoría fiscal ACTTAX o consultar nuestros recursos y guías.

Si tu empresa necesita valorar participaciones, preparar una sucesión empresarial, negociar la entrada de socios o justificar una operación ante terceros, el servicio de valoración de empresas en Murcia puede ayudarte a tomar decisiones con una base técnica sólida. Y si existe un procedimiento tributario, una comprobación o una operación compleja, puedes contar con nuestros abogados fiscales en Murcia.

El mejor calendario fiscal no es el que se consulta el día del vencimiento, sino el que permite llegar a cada fecha con la contabilidad revisada, los documentos preparados y las decisiones importantes tomadas a tiempo. Si quieres ordenar la fiscalidad de tu pyme en la Región de Murcia, puedes solicitar un estudio personalizado y anticiparte a los próximos vencimientos con seguridad.

Enlaces y servicios relacionados

Cuándo conviene hablar con un asesor

Si necesitas cerrar fiscalmente una reorganización intragrupo, preparar documentación ante una inspección, valorar una participación con impacto en socios o Administración, o alinear Modelo 232 con tus informes de precios de transferencia, conviene revisar el caso con tiempo y trazabilidad.

Errores que suelen generar fricción

  • Documentar solo “precios acordados” sin funciones, riesgos y comparabilidad.
  • Tomar benchmarks sin justificar ajustes ni el tratamiento de outliers.
  • Desalinear Modelo 232, archivo maestro e informe local.

Documentación que conviene conservar (checklist orientativa)

  • Contratos o acuerdos intragrupo y enmiendas.
  • Análisis funcional y selección de método.
  • Ficha de comparables, rangos utilizados y trabajos de ajuste.
  • Cuadros de reconciliación entre cuentas y política aplicada.

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