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Precios de Transferencia

El Método del Margen Neto Transaccional y SABI: guía paso a paso de filtros para buscar en esta base de datos

23 min de lectura

Última revisión del contenido:

El Método del Margen Neto Transaccional —habitualmente denominado TNMM por sus siglas en inglés, Transactional Net Margin Method— es uno de los métodos más utilizados en estudios de precios de transferencia cuando una empresa debe justificar que sus operaciones vinculadas se han realizado a valor de mercado. En España, esta obligación deriva principalmente del artículo 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y de su desarrollo reglamentario en el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Aplicar correctamente el TNMM exige dos trabajos previos: delimitar con precisión la operación vinculada y construir una búsqueda defendible de comparables independientes. Para esta segunda parte, SABI —Sistema de Análisis de Balances Ibéricos— es una base de datos muy utilizada en España para localizar compañías comparables, obtener información financiera y calcular rangos de plena competencia. Si tu empresa realiza operaciones intragrupo, en ACTTAX podemos ayudarte con la documentación de precios de transferencia, el análisis económico y la defensa técnica del benchmark ante la Administración tributaria.

Qué es el Método del Margen Neto Transaccional

El Método del Margen Neto Transaccional analiza el beneficio neto que obtiene una de las partes en una operación vinculada en relación con una magnitud apropiada: ventas, costes, activos u otra base económica coherente con la función desarrollada. Las Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia lo encuadran dentro de los métodos basados en el resultado de las operaciones, comparando el margen neto obtenido en una operación controlada con el que obtendrían empresas independientes en circunstancias comparables.

En España, el artículo 18.4 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades reconoce distintos métodos de valoración de operaciones vinculadas. Entre ellos figuran los métodos tradicionales —precio libre comparable, coste incrementado y precio de reventa— y los métodos basados en el resultado, como la distribución del resultado y el margen neto operacional. El TNMM se corresponde con este último enfoque.

Ahora bien, el TNMM no sustituye el análisis jurídico, económico y funcional de la operación. Antes de abrir SABI y aplicar filtros, hay que identificar qué operación se analiza, cuál es la parte testada, qué funciones realiza cada entidad, qué activos utiliza —incluidos intangibles— y qué riesgos asume realmente. Sin esta fase previa, la búsqueda puede parecer ordenada desde el punto de vista estadístico, pero ser débil desde el punto de vista fiscal.

Cuándo suele utilizarse el TNMM en operaciones vinculadas

El TNMM suele utilizarse cuando no existen precios internos o externos suficientemente fiables para aplicar el método del precio libre comparable. También es habitual cuando una de las partes desempeña funciones rutinarias, no aporta intangibles únicos o de alto valor y puede compararse razonablemente con empresas independientes.

Algunos supuestos frecuentes son:

  • Distribuidores de riesgo limitado dentro de un grupo nacional o multinacional.
  • Fabricantes por encargo o contract manufacturers.
  • Prestadores de servicios intragrupo de soporte administrativo, técnico, comercial o financiero.
  • Centros de servicios compartidos.
  • Sociedades españolas que compran o venden a entidades vinculadas extranjeras y deben justificar su margen operativo.
  • Empresas que aplican políticas de remuneración tipo cost plus o margen sobre costes.

Por ejemplo, si una sociedad española presta servicios administrativos a una matriz extranjera y se remunera aplicando un margen sobre costes, puede analizarse si ese margen está dentro de un rango de mercado observado en empresas independientes comparables. En estos casos, el TNMM puede ser una alternativa razonable siempre que la muestra sea defendible y esté correctamente documentada. Para operaciones de este tipo, puedes revisar el servicio de ACTTAX especializado en servicios intragrupo.

Marco normativo español aplicable a operaciones vinculadas

Para el ejercicio 2026, salvo modificaciones normativas posteriores, la base reguladora de las operaciones vinculadas en España se encuentra en el artículo 18 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y en los artículos 13 a 16 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015.

El artículo 18.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor de mercado. A estos efectos, se entiende por valor de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones que respeten el principio de libre competencia.

El artículo 18.2 de la misma Ley enumera los supuestos de vinculación. Entre otros, incluye la relación entre una entidad y sus socios o partícipes cuando la participación sea igual o superior al 25% del capital social o de los fondos propios; la relación entre entidades que pertenezcan a un mismo grupo en los términos del artículo 42 del Código de Comercio; y determinados vínculos entre entidades, administradores y familiares.

En cuanto a la documentación, el artículo 18.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades exige mantener a disposición de la Administración tributaria la documentación específica que justifique que las operaciones vinculadas se han valorado por su valor de mercado, cuando resulte exigible. El Reglamento concreta esta obligación mediante la documentación país por país, la documentación del grupo, la documentación específica del contribuyente y los contenidos simplificados, según los casos.

Si necesitas determinar si tu empresa debe preparar documentación completa, simplificada o normalizada, ACTTAX puede ayudarte a revisar tu situación concreta desde el servicio de operaciones vinculadas y precios de transferencia.

Obligaciones documentales y umbrales relevantes

La obligación de documentar operaciones vinculadas no se aplica de forma idéntica a todos los contribuyentes. Depende, entre otros factores, del importe neto de la cifra de negocios, del importe de las operaciones, del tipo de operación y de si existen jurisdicciones no cooperativas u operaciones excluidas de determinados regímenes simplificados.

Materia Referencia normativa Criterio general
Valoración a mercado Artículo 18.1 LIS Las operaciones vinculadas deben valorarse por su valor de mercado.
Supuestos de vinculación Artículo 18.2 LIS Incluye socios con participación igual o superior al 25%, entidades del mismo grupo y otros vínculos legalmente previstos.
Documentación específica Artículo 18.3 LIS y artículos 14 a 16 RIS Debe mantenerse a disposición de la Administración tributaria cuando resulte exigible.
Información país por país Artículo 13 RIS Obligación aplicable a determinados grupos multinacionales que superan los umbrales previstos en la norma.
Documentación del grupo Artículo 14 RIS Recoge información general del grupo, estructura, actividades, intangibles, financiación y posición fiscal, cuando proceda.
Documentación del contribuyente Artículo 15 RIS Incluye información específica del obligado tributario, operaciones vinculadas, análisis funcional, método aplicado y comparabilidad.
Documentación simplificada Artículo 16 RIS Puede resultar aplicable a contribuyentes con importe neto de cifra de negocios inferior a 45 millones de euros, con limitaciones y exclusiones.
Exclusión por importe Artículo 18.3 LIS Con carácter general, no se exige documentación específica para operaciones con la misma persona o entidad vinculada cuando el conjunto no supere 250.000 euros, sin perjuicio de excepciones y obligaciones informativas.

Determinadas operaciones requieren especial atención, aunque el volumen no sea elevado o aunque la empresa sea de reducida dimensión. Entre ellas se encuentran operaciones con personas o entidades residentes en jurisdicciones no cooperativas, transmisiones de negocios, operaciones sobre inmuebles, operaciones sobre activos intangibles o determinadas operaciones con personas físicas en estimación objetiva, en los términos previstos en la Ley y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Además, la falta de documentación o su aportación incompleta, inexacta o falsa puede tener consecuencias sancionadoras conforme al artículo 18.13 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Por ello, un benchmark en SABI no debe tratarse como un simple anexo financiero, sino como parte de un expediente documental coherente con la política intragrupo, la contabilidad, el Impuesto sobre Sociedades y las declaraciones informativas.

Modelo 232: obligación informativa distinta de la documentación

La obligación de documentación debe distinguirse de la obligación informativa del modelo 232. El modelo 232 fue aprobado por la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, y se utiliza para informar determinadas operaciones vinculadas y operaciones o situaciones relacionadas con países o territorios calificados como jurisdicciones no cooperativas.

Con carácter general, deben informarse en el modelo 232 las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada cuando el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el período impositivo supere 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado. También deben informarse determinadas operaciones específicas cuando el importe conjunto de cada tipo de operación supere 100.000 euros.

Además, existe una regla especial: aunque no se superen los importes anteriores, deben declararse las operaciones del mismo tipo y con el mismo método de valoración cuando su importe conjunto sea superior al 50% del importe neto de la cifra de negocios de la entidad.

El plazo general de presentación del modelo 232 es el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo, según indica la Agencia Tributaria en su sede electrónica. Para sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, el plazo habitual de presentación es noviembre del año siguiente. Si tienes dudas sobre si debes presentarlo o sobre cómo coordinarlo con tu documentación de precios de transferencia, puedes acudir al servicio de asesoramiento en modelo 232.

Qué es SABI y por qué se utiliza en precios de transferencia

SABI es una base de datos empresarial que contiene información financiera y mercantil de sociedades españolas y portuguesas. En estudios de precios de transferencia se utiliza, principalmente, para identificar empresas independientes comparables y calcular indicadores de rentabilidad.

En un análisis TNMM, SABI permite filtrar compañías por actividad, localización, independencia, disponibilidad de cuentas, estado jurídico, tamaño, resultados financieros y otros criterios. El objetivo no es encontrar empresas idénticas —algo que rara vez ocurre—, sino compañías suficientemente comparables desde el punto de vista funcional y económico.

Una buena búsqueda en SABI debe ser reproducible. Esto significa que un tercero —un asesor, un inspector o un perito— debería poder entender qué filtros se aplicaron, en qué orden, con qué justificación y cuántas empresas fueron descartadas en cada fase. En ACTTAX, la valoración de operaciones vinculadas se documenta con trazabilidad completa para reforzar la posición del contribuyente.

Paso 1: delimitar la operación vinculada antes de buscar comparables

El primer error habitual es entrar en SABI antes de saber exactamente qué se está buscando. El análisis debe empezar por la operación vinculada: compraventa de mercancías, prestación de servicios, fabricación por encargo, distribución, cesión de intangibles, financiación intragrupo u otra operación.

Para delimitarla correctamente conviene responder a estas preguntas:

  • ¿Quiénes son las partes vinculadas conforme al artículo 18.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades?
  • ¿Cuál es la operación concreta y cuál es su importe en el ejercicio fiscal analizado?
  • ¿Qué entidad será la parte testada?
  • ¿Qué funciones realiza cada parte?
  • ¿Qué activos utiliza cada una, incluidos intangibles relevantes?
  • ¿Qué riesgos asume realmente cada entidad y quién tiene capacidad para gestionarlos?
  • ¿Qué contratos intragrupo existen y si reflejan la conducta real de las partes?
  • ¿Qué método de valoración es el más adecuado de acuerdo con el artículo 18.4 de la LIS?

En TNMM, normalmente se elige como parte testada la entidad menos compleja: aquella que no posee intangibles únicos, no asume riesgos estratégicos relevantes y cuyas funciones pueden compararse con mayor facilidad con empresas independientes.

Paso 2: elegir el indicador de beneficio adecuado

Una vez seleccionada la parte testada, hay que definir el indicador de beneficio. La elección debe ser coherente con la operación y con el perfil funcional de la entidad. Elegir el indicador únicamente porque genera un rango más favorable puede debilitar el análisis ante una comprobación tributaria.

Perfil funcional Indicador habitual Comentario técnico
Distribuidor Margen operativo sobre ventas Útil cuando la rentabilidad depende principalmente de la actividad de comercialización.
Prestador de servicios Margen sobre costes totales o net cost plus Frecuente en servicios intragrupo de soporte, asistencia técnica o administración.
Fabricante por encargo Margen sobre costes operativos Debe analizarse si asume riesgos de inventario, capacidad productiva, calidad o mercado.
Entidad con activos operativos relevantes Rentabilidad sobre activos Puede ser apropiado cuando los activos son el principal generador de valor.

La selección del indicador debe explicar por qué esa magnitud refleja mejor la creación de valor de la parte testada. Este punto es especialmente relevante cuando la empresa española obtiene márgenes bajos, pérdidas o resultados significativamente distintos de los de ejercicios anteriores.

Paso 3: definir la estrategia de búsqueda en SABI

Antes de aplicar filtros, es recomendable preparar una matriz de búsqueda. Esta matriz debe indicar los criterios que se utilizarán, la razón técnica de cada filtro y el número de empresas que quedan después de aplicarlo. La trazabilidad del proceso es clave para que el benchmark sea defendible.

Una estrategia razonable puede estructurarse así:

  • Selección geográfica.
  • Selección por códigos de actividad y palabras clave.
  • Exclusión de sociedades inactivas, extinguidas, disueltas o en liquidación.
  • Exclusión de entidades vinculadas o no independientes.
  • Filtro por disponibilidad de cuentas anuales.
  • Filtro por años con información financiera suficiente.
  • Filtro por tamaño, cuando sea necesario.
  • Revisión manual cualitativa de la actividad real.
  • Cálculo de márgenes y depuración de valores extremos.

La clave es evitar filtros arbitrarios. Cada exclusión debe tener una justificación relacionada con la comparabilidad. Si la Administración entiende que la muestra se ha manipulado para obtener un resultado predeterminado, puede cuestionar tanto el rango como la política de precios aplicada.

Paso 4: aplicar el filtro geográfico

En operaciones españolas, una búsqueda doméstica en SABI suele comenzar por empresas residentes en España. Esto permite trabajar con compañías sujetas a un entorno económico, contable y jurídico relativamente homogéneo. No obstante, en algunos casos puede justificarse ampliar la búsqueda a Portugal o acudir a bases de datos paneuropeas si no existen suficientes comparables locales.

El criterio geográfico debe estar alineado con el mercado en el que opera la parte testada. Si la sociedad española actúa en el mercado nacional, los comparables españoles pueden ser una primera referencia lógica. Si opera en un mercado europeo integrado o realiza funciones muy estandarizadas, podría justificarse una muestra más amplia, siempre que se documenten las razones.

Paso 5: filtrar por actividad económica

El siguiente paso es seleccionar empresas con actividades comparables. En SABI suele hacerse mediante códigos CNAE, descripciones de actividad o búsquedas por palabras clave. La elección del CNAE debe basarse en la actividad real de la parte testada y no únicamente en el código que figure en sus estatutos, en el alta censal o en el Registro Mercantil.

Por ejemplo, para un distribuidor mayorista de componentes electrónicos, puede analizarse el CNAE correspondiente al comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones. Sin embargo, habrá que revisar si las empresas resultantes distribuyen productos comparables, si actúan como mayoristas o minoristas, si realizan fabricación adicional o si explotan marcas propias relevantes.

Este filtro suele generar una muestra inicial amplia. La depuración posterior será esencial porque muchas empresas comparten CNAE, pero no comparten perfil funcional, modelo de negocio, nivel de riesgo ni estructura de activos.

Paso 6: aplicar el filtro de independencia

En precios de transferencia, los comparables deben ser empresas independientes. Por ello, uno de los filtros más importantes en SABI es excluir compañías que formen parte de grupos, que tengan accionistas corporativos dominantes o que estén participadas de forma significativa por otras entidades cuando ello comprometa su independencia.

No existe un único criterio mecánico válido para todos los casos. En la práctica se suelen combinar los indicadores de independencia de la propia base de datos, porcentajes de participación, revisión de accionistas y análisis cualitativo de la información mercantil disponible. El objetivo es evitar que los márgenes observados estén influidos por operaciones vinculadas no identificadas.

Este punto debe documentarse con especial cuidado. Si se incluyen empresas que pertenecen a grupos o que realizan operaciones significativas con vinculadas, la Administración podría sostener que sus márgenes no reflejan condiciones entre partes independientes.

Paso 7: revisar estado jurídico y actividad real

Deben excluirse sociedades inactivas, extinguidas, disueltas, en liquidación o con situaciones jurídicas que distorsionen su rentabilidad. También conviene revisar empresas con incidencias concursales, cierres de actividad, cambios estructurales relevantes, fusiones, escisiones o ejercicios atípicos.

La razón es sencilla: el TNMM busca márgenes de empresas que operan en condiciones ordinarias. Una compañía en liquidación, con un concurso reciente o inmersa en una reestructuración profunda puede presentar resultados que no reflejan una actividad comparable con la parte testada.

Paso 8: filtrar por disponibilidad de información financiera

El análisis TNMM requiere datos financieros suficientes para calcular el indicador seleccionado. Por ello, hay que filtrar empresas con cuentas disponibles para los ejercicios analizados y con partidas contables necesarias: ventas, costes, resultado operativo, activos, gastos de personal u otras magnitudes relevantes.

Es frecuente trabajar con información plurianual para suavizar efectos extraordinarios. Las Directrices de la OCDE admiten el uso de datos de varios años cuando ayudan a comprender mejor los hechos y circunstancias de la operación. No obstante, el período seleccionado debe justificarse y ser coherente con el ejercicio objeto de análisis.

Para un estudio de precios de transferencia del ejercicio 2026, puede ser necesario utilizar los últimos ejercicios disponibles en SABI, teniendo en cuenta que las cuentas anuales de 2026 no estarán disponibles hasta después de su formulación, aprobación y depósito. En la práctica, el análisis suele apoyarse en los últimos datos cerrados disponibles en la fecha de preparación del estudio, explicando esta circunstancia en el informe.

Paso 9: aplicar filtros de tamaño y magnitudes económicas

En algunos casos, conviene excluir empresas demasiado pequeñas o demasiado grandes en comparación con la parte testada. El tamaño puede influir en economías de escala, poder de negociación, estructura de costes, acceso a financiación y rentabilidad.

Los filtros habituales incluyen:

  • Importe neto de la cifra de negocios.
  • Total de activos.
  • Número de empleados.
  • Resultado operativo positivo o no persistentemente negativo.
  • Disponibilidad de datos durante varios ejercicios.
  • Ausencia de ingresos extraordinarios que distorsionen el margen.

La exclusión de empresas en pérdidas debe hacerse con prudencia. Una empresa independiente puede tener pérdidas por razones de mercado, ciclo económico, inversión o estrategia empresarial. Lo que suele justificarse mejor es excluir sociedades con pérdidas recurrentes cuando ello indique diferencias funcionales, situaciones extraordinarias o falta de comparabilidad.

Paso 10: realizar la revisión manual cualitativa

La revisión manual es una de las fases más importantes del benchmark. Los filtros automáticos reducen la muestra, pero no sustituyen la lectura de descripciones de actividad, páginas web, memorias, cuentas anuales y otra información pública disponible.

En esta fase deben descartarse empresas que, aunque superen los filtros cuantitativos, no sean comparables en la realidad. Por ejemplo:

  • Empresas que fabrican cuando la parte testada solo distribuye.
  • Sociedades que explotan marcas propias relevantes o intangibles únicos.
  • Compañías que realizan actividades mixtas no segmentadas.
  • Empresas con operaciones inmobiliarias o financieras significativas ajenas al negocio analizado.
  • Sociedades con ingresos extraordinarios que distorsionan el margen operativo.
  • Entidades que dependen de concesiones, licencias administrativas o contratos públicos no comparables.
  • Empresas que actúan como agentes o comisionistas cuando la parte testada asume riesgos de distribuidor pleno, o viceversa.

Esta revisión debe quedar documentada empresa por empresa, indicando el motivo de aceptación o rechazo. Una muestra pequeña pero bien explicada suele ser más defendible que una muestra grande y opaca.

Paso 11: calcular el rango de plena competencia

Una vez obtenida la muestra final, se calculan los indicadores financieros de cada comparable. Después se construye el rango de plena competencia. En la práctica, es habitual utilizar medidas estadísticas como el rango intercuartílico, especialmente cuando existen diferencias residuales de comparabilidad.

El rango intercuartílico elimina los valores más extremos y se centra en la parte central de la muestra. Normalmente se identifican el primer cuartil, la mediana y el tercer cuartil. Si el margen de la parte testada se sitúa dentro del rango, la política de precios de transferencia tendrá una primera evidencia económica favorable. Si queda fuera, puede ser necesario analizar ajustes, revisar la política o valorar una regularización.

En todo caso, el rango no debe interpretarse de forma mecánica. Hay que considerar el análisis funcional, las circunstancias económicas, la calidad de los comparables y la consistencia de la política intragrupo. Si la operación es compleja, puede ser conveniente contar con un informe técnico de valoración de empresas o de precios de transferencia.

Ejemplo práctico simplificado de filtros en SABI

Imaginemos una sociedad española que presta servicios administrativos y de soporte a otras entidades del grupo. La sociedad no posee intangibles relevantes, no asume riesgos significativos de mercado y se remunera mediante un margen sobre costes. En este caso, podría plantearse un TNMM con indicador net cost plus.

Una estrategia de búsqueda simplificada podría ser la siguiente:

Fase Filtro aplicado Justificación
1 Empresas españolas activas Mercado geográfico comparable y entorno económico homogéneo.
2 CNAE vinculado a servicios administrativos o soporte empresarial Actividad potencialmente comparable.
3 Exclusión de entidades no independientes Evitar márgenes influidos por operaciones vinculadas.
4 Cuentas disponibles durante varios ejercicios Permitir cálculo plurianual del margen.
5 Exclusión de sociedades inactivas, en liquidación o con incidencias graves Eliminar situaciones no ordinarias.
6 Revisión manual de actividad Confirmar comparabilidad funcional real.
7 Cálculo del net cost plus Comparar el margen de la parte testada con empresas independientes.

El resultado final permitiría obtener un rango de mercado. Si la sociedad española aplica un margen sobre costes dentro del rango intercuartílico de comparables, la política tendría una base económica defendible, siempre que el análisis funcional, contractual y contable también sea consistente.

Errores frecuentes al usar SABI en un TNMM

El uso de SABI aporta rigor, pero también puede generar riesgos si se aplica de forma automática. Estos son algunos errores habituales:

  • Confundir comparabilidad contable con comparabilidad funcional. Dos empresas pueden tener márgenes similares y no ser comparables.
  • Usar códigos CNAE demasiado amplios. Esto puede incluir actividades heterogéneas que distorsionen el rango.
  • No revisar la independencia real. Una empresa aparentemente independiente puede pertenecer a un grupo o realizar operaciones significativas con vinculadas.
  • Excluir pérdidas sin justificación. La exclusión automática de empresas en pérdidas puede sesgar la muestra.
  • No documentar el proceso de búsqueda. Sin trazabilidad, el benchmark pierde fuerza probatoria.
  • Utilizar datos desactualizados sin explicación. Hay que justificar qué ejercicios se usan y por qué.
  • Aplicar el TNMM cuando existe un método más directo. Si hay comparables internos fiables, el precio libre comparable puede ser preferible.
  • No coordinar el benchmark con el modelo 232. Las operaciones declaradas deben ser coherentes con la documentación y con el método de valoración utilizado.

Estos errores son especialmente relevantes en grupos que presentan el modelo 232 o que están obligados a disponer de documentación específica. Una revisión preventiva por parte de un equipo especializado puede evitar contingencias fiscales futuras. Puedes hablar con un asesor fiscal de ACTTAX antes de cerrar tu política de precios de transferencia.

Cómo documentar correctamente la búsqueda en SABI

La documentación del benchmark debe permitir reconstruir el análisis completo. Como mínimo, debería incluir:

  • Fecha de realización de la búsqueda.
  • Base de datos utilizada y versión disponible.
  • Descripción de la operación vinculada analizada.
  • Justificación de la parte testada.
  • Justificación del método TNMM frente a otros métodos previstos en el artículo 18.4 de la LIS.
  • Indicador de beneficio seleccionado y motivo de su elección.
  • Filtros aplicados y resultado numérico de cada filtro.
  • Listado de empresas rechazadas en la revisión manual y motivo de exclusión.
  • Listado final de comparables aceptados.
  • Cálculo de márgenes por ejercicio.
  • Rango resultante, mediana y conclusión.
  • Análisis de la posición de la parte testada dentro o fuera del rango.

Además, es recomendable conservar capturas, exportaciones de SABI, hojas de cálculo, cuentas anuales utilizadas y cualquier evidencia externa que haya servido para aceptar o rechazar comparables. En una comprobación, la calidad del soporte documental puede ser tan importante como el resultado numérico del rango.

Relación entre el TNMM, SABI y la documentación de precios de transferencia

El benchmark en SABI no es el estudio completo. Es una parte del análisis económico que debe integrarse dentro de la documentación de precios de transferencia exigida por la normativa española cuando proceda.

Un expediente completo debería incluir, entre otros elementos, la descripción del grupo, la actividad del contribuyente, el análisis funcional, los contratos intragrupo relevantes, la política de precios aplicada, la selección del método de valoración y el análisis económico. En grupos con operaciones recurrentes, el benchmark debe actualizarse cuando cambien las funciones, riesgos, activos, circunstancias económicas o disponibilidad de comparables.

Si tu empresa necesita preparar o actualizar su master file, local file o documentación simplificada, ACTTAX cuenta con un servicio específico de documentación de precios de transferencia adaptado a la normativa española y a las Directrices OCDE.

Cuándo no basta con un benchmark estándar

No todas las operaciones vinculadas pueden resolverse con una búsqueda estándar en SABI. Hay casos en los que el TNMM puede no ser el método más apropiado o en los que hacen falta análisis adicionales.

Esto ocurre, por ejemplo, en operaciones con intangibles únicos, reestructuraciones empresariales, transmisiones de negocios, operaciones financieras complejas, garantías intragrupo, cesiones de tecnología o situaciones en las que ambas partes realizan aportaciones valiosas y únicas. En estos casos, puede ser necesario aplicar otros métodos, realizar valoraciones específicas o complementar el TNMM con análisis adicionales.

Para financiación vinculada, por ejemplo, el análisis suele requerir revisar rating, plazo, garantías, divisa, subordinación, condiciones contractuales y comparables de mercado. Si tu grupo tiene financiación interna, puedes consultar el servicio de ACTTAX sobre préstamos intragrupo.

Cómo defender el análisis ante la Agencia Tributaria

La defensa de un TNMM no depende solo del resultado numérico. La Administración tributaria puede cuestionar la operación delimitada, la elección de la parte testada, el indicador de beneficio, los filtros de búsqueda, la independencia de los comparables, los ajustes realizados o la coherencia entre la documentación y la conducta real de las partes.

Para reforzar la posición del contribuyente conviene:

  • Documentar la política antes de la presentación del Impuesto sobre Sociedades, no después de recibir un requerimiento.
  • Conservar contratos intragrupo coherentes con la conducta real de las partes.
  • Actualizar periódicamente el benchmark, especialmente si cambian las funciones, riesgos o circunstancias económicas.
  • Evitar rangos construidos con filtros difíciles de justificar.
  • Preparar una explicación clara de por qué el TNMM es el método más adecuado.
  • Revisar la coherencia entre contabilidad, modelo 200, modelo 232 y documentación de precios de transferencia.
  • Conservar evidencia de las búsquedas, descartes y cálculos realizados.

En ACTTAX, nuestro equipo de abogados fiscales y asesores especializados puede ayudarte tanto en la fase preventiva como en la respuesta a requerimientos o comprobaciones tributarias.

SABI es una herramienta, no una metodología por sí sola

SABI es una herramienta muy útil para aplicar el Método del Margen Neto Transaccional, pero no sustituye el juicio técnico. La calidad del análisis depende de la correcta delimitación de la operación, la selección del método, el análisis funcional, la elección del indicador financiero y la trazabilidad de los filtros aplicados.

En el ejercicio 2026, las operaciones vinculadas continúan siendo un área de especial relevancia para empresas familiares, grupos nacionales y grupos multinacionales con presencia en España. El artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y las obligaciones informativas del modelo 232 exigen una documentación coherente, actualizada y defendible.

Si tu empresa aplica márgenes intragrupo, presta servicios a vinculadas, compra o vende dentro del grupo o necesita preparar un benchmark con SABI, en ACTTAX podemos ayudarte a solicitar un estudio personalizado y revisar la política de precios de transferencia con un enfoque fiscal, económico y documental completo.

También puedes consultar nuestros servicios de asesoría fiscal y valoración, así como la guía sobre Directrices OCDE de precios de transferencia y la guía de normativa española sobre operaciones vinculadas para profundizar en los criterios aplicables.

Enlaces y servicios relacionados

Cuándo conviene hablar con un asesor

Si necesitas cerrar fiscalmente una reorganización intragrupo, preparar documentación ante una inspección, valorar una participación con impacto en socios o Administración, o alinear Modelo 232 con tus informes de precios de transferencia, conviene revisar el caso con tiempo y trazabilidad.

Errores que suelen generar fricción

  • Documentar solo “precios acordados” sin funciones, riesgos y comparabilidad.
  • Tomar benchmarks sin justificar ajustes ni el tratamiento de outliers.
  • Desalinear Modelo 232, archivo maestro e informe local.

Documentación que conviene conservar (checklist orientativa)

  • Contratos o acuerdos intragrupo y enmiendas.
  • Análisis funcional y selección de método.
  • Ficha de comparables, rangos utilizados y trabajos de ajuste.
  • Cuadros de reconciliación entre cuentas y política aplicada.

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